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OBLIGACIÓN DE RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON EL AYUNTAMIENTO
- Están obligadas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento las personas y entidades que establezca la normativa vigente en cada momento. A efectos enumerativos, a fecha de aprobación de la presente Ordenanza, la normativa establece la siguiente relación:
- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos las personas notarias y registradoras de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- Las personas empleadas de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de persona empleada pública, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
- El personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento, cualquiera que sea la naturaleza funcionarial, laboral o eventual de su vinculación jurídica y la duración de su relación de empleo, estará obligado a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento para los trámites y actuaciones que realice con ella por razón de su condición de personal empleado público, incluida la de recibir notificaciones electrónicas. En función del puesto o función desempeñada, el Ayuntamiento facilitará al personal los sistemas de identificación más adecuados o les indicará la manera más adecuada de obtenerlos.
- También estarán obligadas a relacionarse electrónicamente con el Ayuntamiento las personas que tomen parte en los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento para el acceso a los grupos y subgrupos A1, A2, B, C1 y C2.
- Las personas no obligadas a relacionarse con el Ayuntamiento a través de medios electrónicos podrán hacerlo para cualquier trámite o gestión, para lo cual será suficiente con que utilicen los citados medios.