Alkatearen hautaketa

ELECCIÓN DEL ALCALDE O ALCALDESA

 

La elección del Alcalde/Alcaldesa se realiza aplicando el artículo 196 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

  • Pueden ser candidatos/as todos/as los/as Concejales/as que encabecen sus correspondientes listas.
  • Si alguno/a de ellos/as obtiene la mayoría absoluta de los votos de los Concejales/as (en el caso de Pasaia, 9 votos) es proclamado Alcalde/sa.
  • Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado Alcalde/sa el/la Concejal/a que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el correspondiente municipio. En caso de empate se resolverá por sorteo.