Publicador de contenidos

Fecha de publicación: 11/08/2020

250.000 euros en ayudas para autónomos/as y microempresas (comercio, hostelería y servicios a las personas)

Plazo para solicitudes, hasta el 30 de octubre

El Ayuntamiento concederá ayudas directas para paliar las pérdidas económicas como consecuencia del estado de alarma por la Covid-19. 

Las ayudas podrán solicitarse hasta el 30 de octubre de 2020, la cuantía máxima por solicitud será de 1.000 euros.

Izaskun Gómez, alcaldesa: “Las ayudas buscan paliar las pérdidas ocasionadas por el estado de alarma y mantener la actividad y el empleo en nuestros comercios, hostelería y servicios”. 

La crisis de la Covid-19 no ha sido únicamente sanitaria, el estado de alarma y el confinamiento han obligado al cierre de la mayor parte del comercio minorista, provocando una crisis económica que afecta de manera especial a nuestros comercios, a la hostelería y a los servicios a las personas de Pasaia.

Para hacer frente a esta situación, el Ayuntamiento ha aprobado un programa de ayudas directas, dotado con 250.000 euros, para apoyar al comercio, a la hostería y a los servicios a las personas de Pasaia y paliar las pérdidas sufridas por la suspensión de sus actividades durante el estado de alarma. 

El importe máximo de cada ayuda no podrá superar los 1.000 euros y se calculará de la siguiente forma:

  • Una cantidad fija de ochocientos euros (800 €). 
  • Dicha cantidad se verá incrementada con un complemento de 100 € si la empresa tiene entre 1 y 5 trabajadores o un complemento de 200 € si la empresa tiene entre 6 y 9 trabajadores. 

Podrán ser beneficiarías de las ayudas directas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y pequeñas empresas que ocupen a menos de 10 trabajadores del sector comercio, hostelería y servicios a las personas, cuya cifra de negocio no supere el millón de euros y que se han visto obligados a cerrar o acrediten haber reducido sus ingresos en más de un 75%, en relación con la media del semestre de octubre de 2019 a marzo de 2020, y que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que figuren dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en los epígrafes económicos de los sectores de comercio minorista, hostelería y servicios a las personas, desarrollando esta actividad en Pasaia. 
  • Que se hallen al corriente en el pago de sus obligaciones con la Hacienda Foral, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Pasaia. 
  • Que no estén incursos en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones. 
  • Que reanuden o mantengan su actividad laboral una vez finalizado el estado de alarma y permanecer de alta en la misma, durante un periodo mínimo de seis meses desde dicha reanudación, salvo causa justificada.

Se excluyen las personas físicas y jurídicas titulares de contratos públicos de suministros y servicios de prestación sucesiva con el Ayuntamiento de Pasaia y  las personas trabajadoras por cuenta propia que a su vez sean socias o miembros de órganos de entidades con personalidad jurídica (sociedades de capital, sociedades cooperativas, sociedades civiles, etc.), que hayan presentado o vayan a presentar solicitud en esta convocatoria; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia. Quedan también expresamente excluidas de esta convocatoria las entidades y/o asociaciones sin ánimo de lucro. 

Las solicitudes se realizarán prioritariamente a través del Portal de los Trámites on-line del Ayuntamiento o, en su defecto, en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC).

 

RESOLUCIÓN y BASES REGULADORAS

PDF (0,3 Mb)